Ley de California sobre las cámaras de vigilancia en el lugar de trabajo

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La Constitución de California le da a los residentes el derecho a la privacidad. Sin embargo, este derecho se equilibra con el propósito legítimo de una empresa de hacer grabaciones de vídeo. Las leyes de California prohíben ciertos tipos de grabación, según la ubicación de la grabación y el tipo de actividad que se esté grabando.
Baños y vestuarios
El Código Laboral de California prohíbe específicamente a los empleadores grabar en los baños, vestuarios o cualquier otro tipo de habitación donde el propósito sea cambiar de ropa. La ley se aplica a los empleadores públicos y privados. La única excepción es si el empleador tiene una orden judicial que le autoriza a grabar en estas áreas.
Actividad de la Unión
La Ley Nacional de Relaciones Laborales contiene una cláusula que prohíbe a los empleadores grabar en vídeo las reuniones o actividades sindicales. También prohíbe a los empleadores utilizar las grabaciones de vídeo de cualquier manera que pueda intimidar a los empleados que podrían convertirse en miembros del sindicato. Los empleadores de California deben cumplir con esta ley federal.
Grabaciones de audio
Algunos aparatos de grabación de vídeo tienen la capacidad de hacer también grabaciones de audio. Sin embargo, California es un estado con consentimiento de ambas partes para realizar grabaciones de audio, lo que significa que tanto la persona que realiza la grabación como la persona que está siendo grabada deben estar de acuerdo en ser grabadas para que sea legal. Sin el consentimiento del empleado, el empleador no puede hacer grabaciones de audio, incluso si se está haciendo un video al mismo tiempo. Para evitar futuras disputas, es una buena idea poner el consentimiento de la persona grabada en la propia cinta.
Uso comercial
Fuera de las excepciones específicas señaladas anteriormente, las empresas tienen derecho a registrar a sus empleados siempre y cuando su interés sea superior al interés del empleado en la privacidad, que se determina caso por caso. Un empleado puede demandar a su empleador si:
- el empleador violó su derecho a la privacidad;
- el empleado tenía una expectativa razonable de privacidad en los derechos que el empleador violaba;
- la invasión fue seria; y
- el empleado sufrió un daño.
Un empleado puede tener una "expectativa razonable de privacidad" si el área está cubierta por persianas o sólo es accesible con una llave. Los tribunales de California han desestimado la noción de que un empleado tiene derecho a la privacidad en un lugar público del lugar de trabajo, como una zona común por la que pasa la gente. El Tribunal Supremo de California ha sostenido que el empleado debe demostrar que la conducta del empleador sería "altamente ofensiva para una persona razonable" para ganar. Para tomar esta determinación, el tribunal puede considerar factores como la hora del día en que se hizo la grabación, la zona grabada, el tiempo que duraron las grabaciones, a quiénes capturó y si el empleador utilizó medidas de seguridad para limitar el acceso de otras personas al equipo de vigilancia.
Mejores prácticas
Para limitar su exposición legal, los empleadores promulgan políticas claras sobre las cámaras de vigilancia en el lugar de trabajo. Los empleados deben leer y firmar las políticas relativas a la vigilancia. Además, los empleadores pueden enumerar los lugares que deben ser grabados en la política para reducir la expectativa de privacidad de los empleados.
Puntas
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Los empleadores de California pueden hacer grabaciones de video en el trabajo, pero no en los baños, vestuarios o cualquier otro tipo de habitación donde el propósito sea cambiar de ropa. La grabación de audio no está permitida a menos que ambas partes den su consentimiento.
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