Leyes de acoso en el estado de Nueva York

En Nueva York, el acoso es un delito, y la pena máxima es la prisión de hasta cuatro años. Cada uno de los cuatro tipos de acoso en Nueva York tiene un elemento de intención en el que el acusado debe tener la intención de acosar, molestar o alarmar a la víctima. Para las formas más severas de acoso, la víctima debe haberse vuelto razonablemente aprensiva.

Índice
  1. Separaciones del grado de acoso
  2. Acoso de segundo grado
  3. Acoso de primer grado
  4. Acoso agravado de segundo grado
  5. Acoso agravado de primer grado
  6. Acecho de tercer grado

Separaciones del grado de acoso

En las formas más severas de acoso, cuando una víctima tiene motivos para ser aprensiva, los perpetradores podrían pasar un mal rato, algunos hasta cuatro años si el delito incluye cosas como prejuicios o delitos repetidos. Muchos casos de acoso, por supuesto, están muy lejos de esa gravedad. En consecuencia, el Código Penal de Nueva York define cuatro grados de acoso para cubrir niveles graduados de seriedad.

Acoso de segundo grado

Cuando alguien aplica fuerza física a otra persona, sigue a esa persona en lugares públicos o se involucra en una conducta destinada a alarmar o molestar seriamente a la persona, esto constituye acoso de segundo grado. Como en todos los casos de acoso, el acusado debe tener la intención de acosar, molestar o alarmar a la persona, y el curso de conducta no puede tener un propósito legítimo. El acoso de segundo grado es una violación, y el castigo máximo es de 15 días en la cárcel.

Acoso de primer grado

El acoso en primer grado, un delito menor de clase B, ocurre cuando la conducta del acusado resulta en que una víctima sea sometida a un temor razonable de lesiones físicas. La pena máxima es de tres meses & amp; encarcelamiento y libertad condicional de un año.

Acoso agravado de segundo grado

El acoso agravado en segundo grado, un delito menor de clase A, puede ocurrir de varias maneras. Alguien que se comunica o intenta comunicarse con otra persona con la intención de causar alarma o molestia enfrenta un cargo de acoso agravado de segundo grado. También se le puede cobrar si el acusado aplica fuerza física debido a la raza, color, origen nacional, género, religión, edad, discapacidad u orientación sexual de una persona.

Además, el acoso agravado de segundo grado ocurre cada vez que un acusado es condenado por acoso de primer grado por segunda vez en un período de 10 años. Una condena puede significar hasta un año de encarcelamiento y tres años de libertad condicional.

Acoso agravado de primer grado

Nueva York guarda sus sanciones más severas por acoso agravado de primer grado, un delito grave de clase E con una pena máxima de cuatro años de prisión. Definido como intencionalmente molesto, amenazar o alarmar a alguien por motivos de raza, color, origen nacional, género, religión, edad, discapacidad u orientación sexual, el cargo también necesita la intención de cometer uno de los siguientes actos: dañar la propiedad religiosa, coloque una esvástica en bienes inmuebles sin el permiso del propietario, prender fuego a una cruz en público o colocar un lazo en bienes inmuebles sin el permiso del propietario.

El acoso agravado de primer grado también ocurre cuando un acusado es condenado dos veces en 10 años de acoso agravado de segundo grado. & lt; br / & gt ;
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Leer más: Leyes de acoso telefónico del estado de Nueva York

Acecho de tercer grado

El acoso de tercer grado ocurre cuando una persona tiene la intención de acosar, molestar o alarmar a alguien y actúa de una manera que pueda causar que la víctima teme lesiones físicas, agresión sexual, secuestro o muerte, ya sea personalmente o a un miembro de la familia. Este es un delito menor de clase A, que puede provocar hasta un año de prisión y tres años de libertad condicional.

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