¿Puede la empresa pedir un certificado médico al trabajador?
La empresa puede pedir justificantes de ausencia o la documentación prevista para una incapacidad temporal, pero eso no le da carta blanca para exigir diagnósticos o detalles clínicos. Los datos de salud tienen una protección reforzada.
Respuesta rápida
Sí puede pedirse, en determinados supuestos, un justificante de asistencia o el parte correspondiente de incapacidad temporal. Lo que no debe darse por sentado es que la empresa pueda exigir el diagnóstico, el historial clínico o un certificado con información médica innecesaria para gestionar la ausencia o la relación laboral.
Límites legales y de protección de datos
El Estatuto de los Trabajadores y la normativa de Seguridad Social permiten a la empresa gestionar ausencias, bajas y obligaciones de control, pero el RGPD y la LOPDGDD tratan los datos de salud como una categoría especialmente protegida. Eso obliga a aplicar minimización: solo debe tratarse la información estrictamente necesaria. En consecuencia, una cosa es justificar que hubo asistencia médica o incapacidad temporal y otra distinta revelar qué patología existe o qué tratamiento se sigue.
Puntos clave
- Puede pedirse acreditación de la ausencia o la documentación oficial de baja, alta o confirmación cuando proceda.
- Como regla general, no debe exigirse el diagnóstico al trabajador ni conservar datos de salud innecesarios.
- El convenio colectivo puede matizar cómo se justifican ausencias breves, pero no elimina la protección reforzada de los datos sanitarios.
- La vigilancia de la salud laboral tiene su propio cauce y no autoriza a RR. HH. a acceder libremente a información clínica detallada.
Cuándo aparecen más dudas
Las fricciones suelen surgir en ausencias de uno o dos días sin baja, en reconocimientos médicos de prevención de riesgos o cuando la empresa intenta justificar una petición amplia por razones organizativas. Incluso en esos escenarios conviene separar lo que acredita la ausencia de lo que desvela el estado de salud. El servicio de prevención puede manejar cierta información de aptitud, pero no trasladar a la empresa un diagnóstico que no sea necesario para la función preventiva.
Cómo actuar si te piden más de la cuenta
Si eres trabajador, entrega la documentación imprescindible y evita facilitar informes con datos clínicos que no se hayan solicitado de manera proporcionada y fundada. Si eres empresa, revisa el convenio y limita tus formularios a la información necesaria. Cuando exista conflicto, suele ser útil consultar al servicio de prevención, a la representación legal de los trabajadores o a la AEPD antes de convertir una práctica dudosa en rutina.
Fuentes consultadas
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14