¿Pueden los condominios organizarse como sociedades anónimas?

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Como promotor de un complejo de condominios, usted puede decidir formar una LLC con otros inversores con el fin de construir el complejo y vender las unidades. Puede elegir operar su LLC de manera similar a una sociedad y puede haber ventajas fiscales sobre una estructura corporativa. Sin embargo, cuando llegue el momento de organizar la asociación de propietarios de condominios, la ley estatal puede dictar que la asociación se forme como una corporación.
Desarrollo
Su compañía de desarrollo LLC comprará la propiedad, hará los arreglos para el préstamo de construcción si es necesario, contratará ingenieros, contratistas y se reunirá con la comisión de planificación de la ciudad o del condado para comenzar a planificar la posterior construcción del complejo. Una vez que todas las unidades se hayan vendido y su LLC de desarrollo ya no posea unidades o derechos de desarrollo, usted, junto con otros miembros, puede optar por disolver la LLC.
Gestión
Muchos, si no todos, los estados han adoptado alguna forma de ley uniforme de condominio. La mayoría de los estados disponen que las asociaciones de propietarios se formen como corporaciones con o sin fines de lucro antes de vender la primera unidad del complejo, lo que impide su organización como LLC según la ley estatal. La estructura corporativa puede ser más ventajosa incluso si la formación como LLC fuera posible, debido al gran número de propietarios de unidades en un complejo. La estructura formal de una corporación, que implica reuniones organizativas, normas, reglamentos y estatutos, suele ser más adecuada para la gestión de un gran complejo. Mientras exista el condominio, también lo hará la asociación de propietarios, y las sociedades anónimas suelen considerarse una estructura empresarial permanente capaz de gestionar proyectos de gestión a largo plazo.
Variación de las leyes estatales
Antes de que muchos estados adoptaran sus leyes uniformes de condominio, sus antiguas leyes no dictaban que las asociaciones de propietarios se formaran como corporaciones. Muchas asociaciones más antiguas no estaban constituidas en sociedad y algunas pueden seguir siéndolo hoy en día, ya que la mayoría de las leyes estatales no exigían que las asociaciones más antiguas se constituyeran en sociedad con la aprobación de la ley. Sin embargo, el abogado de la asociación puede recomendar que se convierta en una asociación constituida en sociedad para aprovechar la protección de responsabilidad que se otorga a los funcionarios y accionistas individuales en la estructura corporativa.
Exclusiones de la Ley de Condominios
Algunos tipos de condominios pueden ser excluidos de la ley de condominios de un estado. Por ejemplo, la ley uniforme de condominios de Alabama puede excluir de los requisitos de la ley a los condominios que consten de menos de cuatro unidades, siempre que no se reserven derechos de desarrollo y que la declaración de condominio no someta la propiedad a la ley. Busque el consejo de un abogado si esta exclusión se aplica a las leyes y reglamentos relativos a la formación de una LLC de gestión para administrar un pequeño complejo.
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