Última Voluntad y Testamento del Distrito de Columbia

Obtenga los detalles sobre cómo funcionan los últimos testamentos en el Distrito de Columbia, incluida información sobre cómo funciona el tribunal de sucesiones, qué sucede si no tiene un último testamento y más.

Una última voluntad y testamento es un paso importante en la planificación de la distribución de su patrimonio (bienes inmuebles y muebles) al momento de su muerte. Los testamentos del Distrito de Columbia permiten que el testador, la persona que escribe el testamento, provea para un cónyuge, hijos, otros seres queridos y mascotas después de su muerte, así como para nombrar un representante personal para el patrimonio.

No debe confundirse con un testamento, un testamento en vida del Distrito de Columbia brinda instrucciones en caso de que usted quede incapacitado e incapaz de tomar decisiones con respecto a su atención médica.

¿Necesita una última voluntad y testamento?

Aunque legalmente no se requiere una última voluntad y testamento, sin un testamento, las leyes estatales (llamadas leyes de intestado) determinarán la distribución de los bienes del difunto. Sin embargo, es posible que el resultado no coincida con los deseos del difunto (la persona que falleció), lo que significa que generalmente es recomendable crear una última voluntad y testamento.

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Además de brindar la oportunidad de dirigir la distribución de activos, el formulario de última voluntad y testamento del Distrito de Columbia también le permite al testador hacer una donación caritativa, crear un fideicomiso para cualquier persona, nombrar un tutor legal para los niños menores o crear una "mascota". fideicomiso” con el fin de proveer para el cuidado de un animal después de la muerte de su dueño.

Antes de que se puedan aceptar los términos de un testamento, el testamento debe probarse en un tribunal de sucesiones. La sucesión es el proceso supervisado por un tribunal de distribuir el patrimonio de una persona fallecida. Una vez que se demuestra que el testamento es válido en el tribunal de sucesiones, el albacea (la persona que supervisa el testamento) puede pagar las deudas e impuestos adeudados por el patrimonio y luego distribuir la propiedad del testador de acuerdo con el testamento.

Una vez que se prueba el testamento, el albacea puede proceder a envolver el patrimonio, lo que incluye recolectar y proteger la propiedad, pagar las deudas y luego distribuir los activos.

El Distrito de Columbia ofrece sucesiones supervisadas y no supervisadas, así como opciones para patrimonios pequeños, incluida la reclamación de propiedad a través de una declaración jurada y el uso de un procedimiento simplificado para patrimonios con un valor de $40,000 o menos.

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Intestato: morir sin testamento

Alguien que muere sin testamento se llama "intestado", que invoca las estrictas leyes de intestado. En el Distrito de Columbia, en ausencia de un testamento, un cónyuge sobreviviente hereda todo el patrimonio a menos que el difunto y el cónyuge sobreviviente compartan descendientes, en cuyo caso el cónyuge hereda dos tercios del patrimonio. La parte del cónyuge varía dependiendo de si el difunto o el cónyuge también tuvieron descendientes de otra relación.

Si no hay cónyuge, descendientes o padres sobrevivientes, heredarán otros parientes, incluidos hermanos y abuelos, según la cercanía de la relación.

Excepciones a la capacidad de distribuir la propiedad

No todos los bienes pueden distribuirse según un testamento. Algunas excepciones en el Distrito de Columbia incluyen las siguientes:

Propiedad en tenencia conjunta con derecho de supervivencia

Subsidio familiar de $15,000 para cónyuge sobreviviente o hijo menor o dependiente si no hay cónyuge sobreviviente


Propiedad exenta de hasta $10,000 para cónyuge o hijos sobrevivientes si no hay cónyuge sobreviviente, incluidos muebles para el hogar, automóviles, enseres, electrodomésticos y efectos personales

Formar una Última Voluntad en el Distrito de Columbia

Los requisitos básicos para una última voluntad y testamento del Distrito de Columbia incluyen lo siguiente:

Edad: El testador debe tener al menos 18 años.

Capacidad: El testador debe ser de “mente sana y dispuesta”.


Firma: El testamento debe ser firmado por el testador o por otra persona a nombre del testador en su presencia, por indicación expresa de éste.


Testigos: un
testamento del Distrito de Columbia debe estar firmado por al menos dos testigos en presencia del testador.

Escritura: Un testamento del Distrito de Columbia debe ser por escrito, excepto como se indica a continuación.


Beneficiarios: Un testador puede dejar bienes a cualquiera.

Otros testamentos reconocidos en el Distrito de Columbia

El Distrito de Columbia reconoce los testamentos nuncupativos (orales) hechos por una persona en el servicio militar o naval real o un marinero en el mar bajo ciertas circunstancias.

Cómo cambiar una última voluntad y testamento del Distrito de Columbia

Un testamento del Distrito de Columbia puede cambiarse en cualquier momento por codicilo, un tipo de enmienda al testamento, que debe ejecutarse de la misma manera que un testamento.

Revocación de una última voluntad y testamento del Distrito de Columbia

La revocación de un testamento del Distrito de Columbia se puede lograr de las siguientes maneras:

Por otorgamiento de testamento, codicilo u otro escrito posterior; o

Por “quemar, rasgar, cancelar o borrar” el documento, hecho por el testador o por otra persona con la intención de revocarlo por expresa dirección y consentimiento del testador y en su presencia.

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