Vivienda, alquiler y comunidad

¿Es legal cobrar por coeficiente en una comunidad de propietarios?

En una comunidad de propietarios, repartir gastos por coeficiente suele ser la regla general salvo que el título constitutivo, los estatutos o un acuerdo válido establezcan otro sistema.

Respuesta rápida

Sí, normalmente es legal cobrar los gastos comunitarios según el coeficiente de participación. La Ley de Propiedad Horizontal parte de que cada propietario contribuye según su cuota, aunque pueden existir excepciones para gastos concretos si están previstas correctamente.

Puntos clave

  • La cuota de participación es la regla base para gastos generales.
  • Los estatutos pueden establecer repartos especiales para determinados servicios.
  • Cambiar el sistema de reparto exige acuerdo formal y, en muchos casos, unanimidad o mayorías reforzadas.
  • Que un vecino use menos un servicio no siempre permite dejar de pagarlo.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-24

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